Los arrendamientos de terrenos son un segundo rĂ©gimen de tenencia utilizado por las CLT para asegurar la tierra. Una CLT puede ser el arrendador o el arrendatario en virtud de un arrendamiento de terrenos agrĂ­colas. En ocasiones, la CLT puede ser la propietaria del terreno, arrendĂ¡ndolo a una entidad externa para gestionar la programaciĂ³n agrĂ­cola, como ilustra el proyecto Troy Gardens de la CLT de la zona de Madison. Alternativamente, la CLT puede arrendar terrenos a una entidad externa titular de los mismos. El Southside Community Land Trust, por ejemplo, actĂºa como arrendador y arrendatario en una granja rural de 20 acres en Cranston, Rhode Island.

Un contrato de arrendamiento de tierras puede proporcionar a las tierras agrĂ­colas una seguridad comparable a la de la propiedad a tĂ­tulo oneroso, aunque depende de la duraciĂ³n y las condiciones del contrato. Por ejemplo, un contrato de arrendamiento de 99 años con normas de rendimiento poco claras puede poner al arrendatario en riesgo de rescisiĂ³n arbitraria. Del mismo modo, la falta de claridad puede exponer al arrendador al riesgo de no poder recuperar la propiedad si se retira la tierra del uso agrĂ­cola. Al igual que ocurre con el Modelo de Contrato de Arrendamiento de la Red Nacional de Fideicomisos de la Tierra para la vivienda, los contratos de arrendamiento agrĂ­cola a largo plazo son considerablemente mĂ¡s complejos que los contratos de arrendamiento a corto plazo. Deben incluir condiciones rigurosas en cuanto a normas de rendimiento, condiciones de renovaciĂ³n, sucesiĂ³n y cesiĂ³n del arrendador y fijaciĂ³n de un canon de arrendamiento que equilibre los intereses del arrendador y del arrendatario. Por tanto, los arrendamientos de terrenos a largo plazo pueden ser difĂ­ciles de redactar y aplicar, sobre todo en ausencia de un modelo de arrendamiento agrĂ­cola urbano CLT.