Los arrendamientos de terrenos son un segundo rĂ©gimen de tenencia utilizado por las CLT para asegurar la tierra. Una CLT puede ser el arrendador o el arrendatario en virtud de un arrendamiento de terrenos agrĂcolas. En ocasiones, la CLT puede ser la propietaria del terreno, arrendĂ¡ndolo a una entidad externa para gestionar la programaciĂ³n agrĂcola, como ilustra el proyecto Troy Gardens de la CLT de la zona de Madison. Alternativamente, la CLT puede arrendar terrenos a una entidad externa titular de los mismos. El Southside Community Land Trust, por ejemplo, actĂºa como arrendador y arrendatario en una granja rural de 20 acres en Cranston, Rhode Island.
Un contrato de arrendamiento de tierras puede proporcionar a las tierras agrĂcolas una seguridad comparable a la de la propiedad a tĂtulo oneroso, aunque depende de la duraciĂ³n y las condiciones del contrato. Por ejemplo, un contrato de arrendamiento de 99 años con normas de rendimiento poco claras puede poner al arrendatario en riesgo de rescisiĂ³n arbitraria. Del mismo modo, la falta de claridad puede exponer al arrendador al riesgo de no poder recuperar la propiedad si se retira la tierra del uso agrĂcola. Al igual que ocurre con el Modelo de Contrato de Arrendamiento de la Red Nacional de Fideicomisos de la Tierra para la vivienda, los contratos de arrendamiento agrĂcola a largo plazo son considerablemente mĂ¡s complejos que los contratos de arrendamiento a corto plazo. Deben incluir condiciones rigurosas en cuanto a normas de rendimiento, condiciones de renovaciĂ³n, sucesiĂ³n y cesiĂ³n del arrendador y fijaciĂ³n de un canon de arrendamiento que equilibre los intereses del arrendador y del arrendatario. Por tanto, los arrendamientos de terrenos a largo plazo pueden ser difĂciles de redactar y aplicar, sobre todo en ausencia de un modelo de arrendamiento agrĂcola urbano CLT.
